Desde el 2 de agosto de 2026, las primeras obligaciones de transparencia del Reglamento europeo de inteligencia artificial se aplican formalmente. La Comisión Europea da así un paso decisivo en la regulación de esta tecnología, exigiendo que los usuarios sepan cuándo interactúan con un sistema de IA y cuándo un contenido ha sido generado o modificado mediante algoritmos, según informa Expansión.
Entre las medidas que ya son de obligado cumplimiento figura la identificación clara de los chatbots y otros sistemas de IA conversacionales. Las organizaciones deben informar a los usuarios de que no están hablando con una persona, sino con una máquina. Asimismo, todos los contenidos creados o manipulados mediante inteligencia artificial —incluidos los denominados deepfakes— deberán incorporar etiquetas visibles y marcas legibles por máquina para facilitar su detección automática.
El objetivo de Bruselas es doble: reducir los riesgos de manipulación y desinformación, y reforzar la confianza ciudadana en el despliegue de la IA en el mercado común europeo. Las nuevas reglas no afectan únicamente a las grandes tecnológicas que desarrollan modelos, sino también a miles de empresas que emplean IA en sus procesos, servicios o comunicaciones cotidianas.
Modelos de propósito general bajo escrutinio
Los proveedores de modelos de IA de propósito general (GPAI, por sus siglas en inglés) enfrentan ahora exigencias adicionales. Deben documentar información clave y compartirla con las autoridades competentes y los proveedores intermedios. Además, han de publicar políticas de respeto a los derechos de autor y ofrecer un resumen detallado del contenido utilizado para entrenar sus sistemas.
Aquellos modelos clasificados como de riesgo sistémico están sujetos a requisitos específicos para gestionar amenazas a gran escala: desde incidentes químicos, biológicos o radiológicos hasta pérdida de control humano, ciberdelincuencia, manipulación nociva y vulneración de derechos fundamentales. La Oficina de IA de la Comisión Europea y las autoridades nacionales supervisan el cumplimiento de estas disposiciones.
Un reto de implementación práctica
Ceyhun Necati Pehlivan, socio fundador de Cornerstone Counsel, subraya que la aplicación de estas obligaciones marca un cambio de etapa. «El debate deja de centrarse en el contenido de la norma y pasa a su implementación práctica. A partir de ahora, las organizaciones deberán demostrar que han incorporado mecanismos efectivos para cumplir con estos requisitos», declaró al medio citado.
El experto advierte de que el Reglamento trasciende a las empresas tecnológicas: alcanza a cualquier entidad que utilice IA en sus operaciones diarias. Será necesario revisar procedimientos internos, políticas de privacidad y mecanismos de información dirigidos a los usuarios. En este sentido, valora positivamente las directrices recientemente publicadas por la Comisión Europea, que aportan seguridad jurídica sobre el alcance de los contenidos generados por IA y las vías para acreditar el cumplimiento.
Calendario escalonado hasta 2028
La entrada en vigor de estas obligaciones no supone el despliegue completo del Reglamento. La aplicación continuará de forma escalonada: las obligaciones para sistemas de IA de alto riesgo se retrasan hasta el 2 de diciembre de 2027, mientras que las relativas a sistemas integrados en productos regulados comenzarán a aplicarse en agosto de 2028.
Paralelamente, el Reglamento ya prohíbe desde hoy las prácticas de IA particularmente dañinas, incluidos los sistemas que manipulan a las personas, explotan vulnerabilidades de manera perjudicial o califican a individuos de forma que amenace sus derechos fundamentales.
